Atención telefónica: 982 22 65 14

Luz verde a la Directiva de Eficiencia Energética.

El Gobierno en funciones ha aprobado el Real Decreto que traspone parcialmente la Directiva de Eficiencia Energética. El texto ha sido aplaudido -aunque con matices- por las empresas de servicios energéticos, pero ha contado con el rechazo de otras organizaciones, al dejarse en el tintero la contabilización individual de consumos.

Con 20 meses de retraso con respecto a la fecha límite fijada por Bruselas, el Consejo de Ministros ha aprobado el 12 de febrero el Real Decreto que traspone parcialmente la Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE, en concreto, en lo referente a auditorías energéticas, promoción de la eficiencia del suministro de energía y acreditación de auditores y proveedores de servicios energéticos. El Gobierno en funciones deja para el próximo Ejecutivo la decisión sobre la contabilización individual de calefacción central que sí incluye la Directiva Europea 2012/27/UE de Eficiencia Energética.

El Real Decreto 56/2016, que ha entrado en vigor tras su publicación en el BOE al día siguiente de su aprobación (el sábado 13 de febrero) establece la obligación de realizar auditorías energéticas para mejorar su consumo energético a las grandes empresas de más de 250 trabajadores o con un volumen de negocio de más de 50 millones de euros. Las auditorías energéticas deberán cubrir, «al menos», el 85% del consumo total de energía del conjunto de sus instalaciones, y deberán realizarse al menos cada cuatro años. La medida afectará a unas 3.800 empresas en España, con cerca de 27.000 establecimientos o locales, según las estimaciones.

Auditorías en nueve meses

El plazo que tendrán las empresas para realizar las auditorías es de nueve meses, y se contempla la posibilidad de que se sustituyan por un sistema de gestión energética o ambiental y se incorporen certificados de eficiencia energética de edificios en vigor.

La normativa recoge que las auditorías deben ser realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación que se establecen en el propio texto normativo, sin perjuicio de que también podrán realizarse por personal interno cualificado. Establece, asimismo, los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica. Los proveedores de servicios energéticos deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.

El Ministerio comunica que se podrá consultar en la sede electrónica del IDAE un listado de proveedores de servicios energéticos habilitados.

Asimismo, la Asociación Técnica de Climatización y Refrigeración (ATECYR) informa que ha redactado junto con AMI (Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos), ADHAC (Asociación de Empresas de Redes de Calor y Frío) y A3E (Asociación de Empresas de Eficiencia Energética) una Especificación Aenor sobre proveedores de Servicios Energéticos «que se publicará en breve».

El Real Decreto regula también la evaluación del potencial de cogeneración de alta eficienciay de sistemas urbanos de calefacción y refrigeración que se debe realizar, con idea de facilitar información a los inversores en cuanto a los planes nacionales de desarrollo y contribuir a un entorno estable y propicio para las inversiones.

Sin embargo, el texto no incluya la contabilización de consumos, una medida que permite ahorros de más de 200 euros al año a las familias españolas, según AERCCA (Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción), y que el Gobierno en funciones ha dejado pendiente para su aprobación por el próximo Ejecutivo.

Reacciones del sector
Aunque con puntualizaciones, las empresas de servicios energéticos celebran la aprobación del decreto y la puesta en marcha de la normativa. Desde Creara, consideran que «servirá para aclarar las dudas que las grandes empresas han venido mostrando todo este tiempo acerca de sus obligaciones y de las implicaciones que para ellas supone la entrada en vigor del texto». Rodrigo Morell, director general de la empresa, valora asimismo de forma positiva la ampliación del plazo a nueve meses fijado para que las empresas realicen las auditorías, ya que «esto da a las empresas algo más de tiempo», aunque reconoce que, «la puesta en marcha de estas medidas cuando ya se ha iniciado el año y se han aprobado los presupuestos anuales, no es la situación ideal; y menos en un momento en el que nadie lo esperaba por estar el Gobierno en funciones».

ANESE (Asociación de Empresas de Servicios Energéticos) reconoce también la importancia que representa el paso dado con la aprobación de la normativa, si bien es consciente de que «todavía queda por dar un último gran paso, ya que está pendiente de transponer al mercado español el artículo referente a la individualización y control de los consumos energéticos en cuanto a climatización de edificios existentes, no contemplado en el borrador presentado».

También AERCCA lamenta la decisión del Gobierno en funciones de no incluir en el decreto la obligatoriedad de instalar en los hogares con sistemas de calefacción central los repartidores de costes individuales (Contabilización de consumos individuales de calor, frío y agua caliente sanitaria en edificios) que sí incluye la directiva europea, de obligado cumplimiento para los países miembros. «Nos explican que el Real Decreto de Eficiencia Energética no lo incluye por encontrarse en funciones y con limitaciones en la aprobación de ciertas normativas, lo que nos lleva a pensar que se trata de una decisión temporal y a instar a que el próximo Ejecutivo apruebe su transposición cuanto antes y no se espere a última hora para evitar sanciones a los consumidores», explica Ignacio Abati, presidente de AERCCA, al tiempo que recuerda que según la directiva Europea, un total de 1,7 millones de viviendas españolas dotadas de un sistema centralizado de calefacción deberían instalar contadores de agua y calefacción o medidores individuales antes del 1 de enero de 2017.

anuncio NH-SR 255x66mm prensa

Según los datos que baraja AERCCA, en España unas 100.000 viviendas tienen ya instalados repartidores de costes de calefacción. Y «la experiencia en otros países europeos e informes independientes constatan sus enormes beneficios para las familias -ahorros estimados de más de 200 euros anuales por vivienda- así como en la lucha contra el cambio climático, ya que permitiría evitar la emisión de 2,4 millones de toneladas de CO2 año». Abati confía que la decisión temporal no ralentice las instalaciones.

«Estamos seguros que la lógica de evitar el despifarro y pagar por lo consumido se seguirá imponiendo y que el número de viviendas con repartidores individuales de calefacción seguirá incrementándose. Eso nos permitirá seguir generando una actividad sostenible para muchos proveedores y trabajadores que han visto en este negocio una oportunidad para reconvertir sus oficios», asegura.

También la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha rechazado que se deje fuera de la norma la obligatoriedad de contar con sistemas de medición individual de calefacción, lo que le ha llevado a denunciar que «el Gobierno no cumple con sus obligaciones en materia de eficiencia energética».

FUENTE: PORTAL DE EFICIENCIA Y REHABILITACIÓN www.prefieres.es